viernes, 15 de junio de 2007

Memorando N°282

Una mentira con nombre, apellido paterno, apellido materno, cargo y timbre...

PARA: SR. PRESIDENTE
CENTRO DE ALUMNOS
PEDAGOGÍA EDUCACIÓN BÁSICA

DE: SR. SERGIO GALLARDO ESPINOZA
DIRECTOR

FECHA: 15/06/2007
CC: ARCHIVO INTERNO.

De mi consideración:

  1. De acuerdo con la conversación sostenida el jueves 14 del presente, me permito remitir a usted una puntualización de los temas tratados y los acuerdos a los que se llegó, con el propósito de que usted los ponga en conocimiento del alumnado de la carrera. Ellos son los siguientes:Problemática respecto a la asignación profesional: Respecto a este tema, la dirección del Programa planteó las siguientes aclaraciones:

    a) No está cuestionada la naturaleza del título obtenido por nuestrosalumnos. Este es de carácter profesional. En ningún caso técnico.
    b) El plan regular de estudios en vigencia desde el 2001, contempla3.600 horas entre las clases presenciales (aula) y aquéllas que notienen presencialidad (extra-aula)
    c) La fijación de estos dos niveles de clases se ciñe rigurosamente ala disposición de la Vicerrectoría Académica de la Universidad,quien, a través de la Resolución Exenta N° 4767 del 19 de octubrede 2000, así lo dispone, en virtud de la autonomía que poseenuestra institución universitaria.
    d) De este modo, lo dispuesto en el artículo 8° de la ley 19.699relativo al derecho que tienen los profesionales de gozar de laasignación profesional correspondiente, es claramente aplicable anuestros titulados y alumnos que egresarán a futuro, puesto querespeta los dos requisitos que esta disposición legal dispone para lacancelación de la mencionada asignación, a saber: poseer un títuloprofesional, cuya duración mínima debe ser de 6 semestres (la nuestra tienen 8) y, segundo, tener un total de 3.200 horas de clases. Ambos requisitos son copulativos.
    e) Por un error absolutamente involuntario, se envió a ControlaríaGeneral un texto del Plan de Estudios que no consignaba las horasde docencia indirecta. Hecho que se corrigió por nuestrainstitución, a través de la dictación de la Resolución Exenta N°4544 del 10 de octubre de 2006.
    f) Sin embargo, la Controlaría General no acogió este argumento,desechándolo e. insistiendo que las clases debían ser presenciales,desconociendo la autonomía académica de nuestra institución.
    g) Es preciso señalar que la UTEM como universidad estatal poseeplena autonomía para fijar los planes y programas de estudios, porende, el Plan en comento es absolutamente válido.
    h) Además, el Plan de Estudio ofrecido a nuestro alumnado consagra el título profesional de Profesor de educación General Básica, con la mención de Tecnología y Medio Ambiente y, además, el grado de Licenciado en Educación. Esto se ha cumplido a cabalidad por nuestra Universidad.
    i) Todo este proceso transcurrió en el año 2006.
    j) Sin embargo, el 29 de diciembre de 2006 se publicó la ley N° 20158 del Ministerio de Educación, que en su artículo 3° se señala que: "Para tener derecho a la bonificación, los profesionales de la educación señalados en el artículo 1° deberán acreditar, de conformidad al artículo 7°, estar en posesión del título de profesor o educador otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de a lo menos ocho semestres académicos y 3200 horas presenciales de clases.
    k) Esto significa una modificación de la norma vigente hasta ese momento, pues la presencialidad de las clases se hace explícita. Exigencia que en el momento de estructurar nuestro Plan de Estudios (año 2001) no existía.
    l) Esta modificación a las normas vigente, produce los siguientes efectos inmediatos:
    1) Nuestros alumnos titulados antes de la fecha de la publicación de la mencionada ley (29.12.06) se podrán acoger a los beneficios económicos señalados en ella, dado que poseen una mención.
    2) El resto de los estudiantes, tendrán que acogerse a un Plan de Completacion de estudios, que actualmente está siendo estructurado. Su duración será a lo menos de un año, para de este modo completar las 1.100 hrs. "faltantes".

Respecto a este tema, la Direccióndel Programa se comprometió dará a conocer, a mediados del mes de julio, una propuesta de Completacion de Estudios. Posteriormente, tendrá que ser sancionada por los organismos colegiados de la Universidad.



2. Continuidad de la carrera: Al respecto se informó que.
a) La carrera será replanteada de acuerdo con las exigencias tanto del MINEDUC, como del Consejo de Rectores y de la Comisión Nacional de Acreditación.
b) A fines de julio del presente año se presentará ante el Consejo de Facultad el Proyecto del nuevo plan de estudios y la creación de una unidad académica que cultive la educación, sea ella escuela o departamento.
c) Bajo el alero de esta nueva unidad académica funcionará tanto el plan vigente, como el nuevo plan.


Sin otro particular, saluda muy Atte. a Ud.,

SERGIO GALLARDO ESPINOZA
DIRECTOR



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