lunes, 23 de julio de 2007

Acreditación de Carreras

¿Qué es acreditación de carreras?

Es el proceso técnico destinado a asegurar y promover la calidad de las distintas carreras que imparten las instituciones de educación superior mediante la aplicación de mecanismos de autoevaluación y verificación externa. En este proceso participan evaluadores, quienes aplican criterios y procedimientos objetivos y públicos.
El proceso de acreditación se realiza a partir de criterios de calidad previamente establecidos y contempla tres procedimientos sucesivos en el tiempo:
a) Autoevaluación de la respectiva carrera
b) Evaluación externa por sus pares
c) Dictamen de CNAP

¿Cómo se realiza el proceso de acreditación?

La evaluación debe hacerse agrupando a las carreras según áreas, niveles y grados de complejidad, para lo cual CNAP ha tomado contacto con organizaciones académicas, profesionales, gremiales y productivas a fin de organizar de forma participativa y eficaz las agrupaciones de carreras que se incorporarán al diseño de los criterios de evaluación a los que deben ser sometidos.
Una vez establecidos los grupos, se debe identificar a los principales actores del ámbito académico, profesional y de usuarios; constituir un Comité Técnico para la elaboración de los criterios de evaluación que exprese a esos actores y que defina los criterios de calidad cuantitativos y cualitativos, considerando estándares nacionales e internacionales, y someterlos a la aprobación de la Comisión. Finalmente, se proponen a la Comisión los procedimientos para realizar la autoevaluación y la evaluación externa por pares.

¿Cómo participar en el proceso de acreditación?

Los criterios de evaluación definidos para una carrera o un conjunto de ellas son difundidos al interior de las instituciones que las ofrecen las que pueden hacerles observaciones y comentarios.
Pueden solicitar su incorporación al proceso de acreditación, las carreras ofrecidas por instituciones autónomas de educación superior que cuentan, al menos, con una promoción de alumnos titulados.
Para estos efectos, se entiende que la carrera es susceptible de ser acreditada si tiene al menos una generación de titulados en cualquier sede, modalidad o jornada en que se imparta.
Completado el proceso CNAP define los criterios definitivos e invita a las instituciones a participar en el proceso de acreditación, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Presentar solicitud escrita firmada por la autoridad máxima de la institución (formulario de inscripción).
b) Una vez aceptada la solicitud la carrera debe informar su nombre, título y/o grado al que conduce, sedes, jornadas y modalidades en las que se imparte (aun si en alguna de esas sedes jornadas o modalidades no hay aún titulados).

La institución debe completar la información requerida para cada una de las sedes, jornadas o modalidades en que se imparte la carrera. Si aún no hay titulados en alguna de estas versiones, deberá presentarse la información solicitada en los formularios de antecedentes complementarios para carreras en acreditación.
Es importante recordar que la decisión de acreditación de la CNAP será la misma para todas las jornadas, modalidades y sedes en las que la carrera se imparte. Esta decisión se funda en el hecho de que el título otorgado por la institución es el mismo en cualquiera de estas circunstancias.
Las instituciones y sus unidades académicas siempre tienen objetivos y metas que cumplir o que quieren cumplir. Para ello, en general, cuentan con mecanismos de regulación y sistemas e instrumentos de evaluación que le ayuden mejorar su calidad, los que pueden ser realizados íntegramente por la institución.
La acreditación agrega un componente adicional que es la certificación pública de que la institución, el programa o la carrera sometida a un proceso de evaluación reúne las condiciones correspondientes al rango que aspira. Más aún, es una garantía pública de los resultados de la evaluación y un proceso esencialmente externo a la institución ya que sobrepone al mecanismo de autoevaluación un mecanismo de evaluación externa a fin de validar los resultados de la autoevaluación.

Regulación - Evaluación - Acreditación

Como se indica más arriba, las instituciones cuentan con una serie de mecanismos, instrumentos y actividades de regulación tendientes a mejorar la calidad de la educación que entregan. Para lograrlo recurren a la autorregulación, la que es ejercida por la propia institución o unidad académica y que le permite conocer como desempeña su trabajo proporcionándole también las herramientas para lograr sus objetivos. Sin embargo, corre el riesgo de evolucionar hacia una cierta autocomplacencia.Para evitar lo anterior puede recurrir a una instancia de regulación externa, con la cual corre el riesgo de hacer cambios por imposición sin que haya sido considerado el quehacer institucional en forma estable.
De ahí que lo que se ha denominado Modelo Integrado de Regulación es el mecanismo más adecuado de regulación ya que vincula la autorregulación institucional y las normas y criterios externos con la acción de un organismo externo cuya función es la de otorgar garantía pública de cumplimiento de estas normas y criterios. El proceso de regulación debe estar siempre basado en la evaluación el que ha sido definido como la actividad sistemática de recolección y análisis de información y su contrastación con un patrón previamente definido para apoyar la toma de decisiones. La evaluación contempla una autoevaluación, realizado por la propia institución o unidad, la que debe reunir y analizar información respecto a si misma para poder generar mecanismo de control y de calidad de sus propios procesos. La validación y complementación de evaluación interna se completa con una evaluación externa. La acreditación viene a certificar todo el proceso de regulación descrito anteriormente y se basa en la evaluación realizada considerando dos aspectos de suma importancia:
a) Contrastación de la información recogida en la evaluación con los criterios o estándares definidos como patrón de comparación y
b) Análisis de procesos de autoevaluación, es decir, la evaluación de la capacidad de autorregulación.

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