lunes, 23 de julio de 2007

Comunicado de Prensa

Los alumnos y alumnas de la carrera de Pedagogía en Educación General Básica con mención en Tecnología y Medio Ambiente de la Universidad Tecnológica Metropolitana del Estado de Chile, miembro del Consejo de Rectores, hemos optado formarnos bajo el alero institucional de esta casa de estudios, inspirados en la vocación y responsabilidad civil manifestada en el texto relativo a la misión social de esta universidad.[1]

En efecto, el perfil de egreso del docente de Educación Básica que la universidad ha propuesto orienta nuestra ambición profesional en el sentido de hacernos cargo de la educación de las próximas generaciones de niños y niñas de nuestro país y en especial de aquellos que pertenecen a los sectores más desfavorecidos de nuestra sociedad. Por lo tanto, nos hemos sentido profundamente interesados en participar en esta formación que exige una sensibilidad especial.

Esta particular sensibilidad en relación a la calidad de la educación viene a ser ratificada por la promulgación de la Ley 20.129 “que establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Educación Superior”más comúnmente conocida como Ley de Acreditación, publicada el 17 de noviembre del año 2006.
[2]

Siendo consecuentes al perfil docente que la universidad ha propuesto y frente a la falta de voluntad real y concreta de parte de la rectoría y los estamentos vinculados en el cumplimiento de los compromisos adquiridos
[3] en relación al proceso de acreditación, de nuestro programa, mejorando de este modo nuestra calidad de formación inicial docente y correspondiente titulación, los alumnos y alumnas de la carrera, a través de su Centro de Alumnos, en un movimiento estudiantil solicita lo siguiente:

· Que el Rector, Sr. Miguel Avendaño Berríos o a quien corresponda dicha función, asumiendo sus responsabilidades, se comprometa y presente la solicitud escrita para inscribir nuestra carrera en el proceso de autoevaluación, primer procedimiento para obtener la acreditación.

· Asimismo, cumpla con los compromisos adquiridos en el Informe de la Comisión sobre Formación Inicial Docente preocupándose de asegurar la calidad académica de nuestro programa, idea reforzada en la normativa vigente y, fundamentalmente, en las leyes Nº 20.129 y Nº 20.158.

· Se establezca las soluciones pertinentes que permitan la reestructuración de nuestro programa en lo que respecta al cumplimiento de la ley Nº 20.158, y no perdiendo el norte de la acreditación, que permitan tener derecho a la bonificación de reconocimiento profesional, cuyo requisito es estar en posesión del título de profesor o educador otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de a lo menos ocho semestres académicos y 3.200 horas presenciales de clases.

· Que dichas soluciones se generen a partir de una mesa de diálogo compuesta por todos los actores involucrados en nuestro Programa y, además, que estas soluciones y sus costos sean asumidas por la UTEM, pues consideramos que es su obligación por cuanto corresponde a lo ofrecido al momento de vincularnos a ella.

· Conservar la orientación del Programa en su modalidad de estudios y arancel preferencial para alumnos trabajadores.

· Implementar en forma efectiva la infraestructura del Programa en las áreas administrativas, académicas y financieras de tal manera de hacer expedita la gestión de la acreditación.




Centro de Alumnos
Pedagogía en Educación General Básica
Mención en Tecnología y Medio Ambiente
Universidad Tecnológica Metropolitana del Estado de Chile



[1] Misión Universidad Tecnológica Metropolitana, http://www.utem.cl/universidad/mision.htm
[2] Titulo III, Párrafo 1º, Artículos 26 al 33 de la Ley Nº 20.129 establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
[3] Memorando Nº 282 del 16/06/2007, archivo interno de la UTEM.

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