domingo, 5 de agosto de 2007

BRP, uno de los puntos

El cuadro siguiente corresponde a una síntesis de los requisitos para impetrar el derecho a percibir la BRP...

Para ver en tamaño completo pincha sobre la imagen


En consecuencia los alumnos y alumnas de la carrera de Pedagogía en Educación General Básica con mención en Tecnología y Medio Ambiente de la Universidad Tecnológica Metropolitana tienen 2 escenarios posibles:


1. Los titulados antes del 29-12-2006


Deberán acreditar la obtención de una mención en un subsector de aprendizaje o en un nivel educativo otorgado en un programa o carrera por una universidad o institución de educación superior del Estado o reconocida por éste que se encuentre acreditada de acuerdo a la ley Nº 20.129 y que cumpla con los requisitos de articulo 6º de la ley Nº 20.158


"Artículo 6º- Los cursos o programas de post título que den derecho a la obtención de una mención asociada al título de profesor o educador en un determinado subsector del aprendizaje o en un determinado nivel educativo deberán cumplir con los siguientes requisitos copulativos:

a) Contar con un mínimo de 700 horas de clases presénciales, y

b) Ser impartidos por una universidad o institución de educación superior del Estado, o reconocida por éste, que se encuentre acreditada de acuerdo a la ley Nº 20.129, que desarrollen programas regulares de formación inicial pedagógica que se encuentren acreditados conforme a la ley Nº 20.129 y que cuenten con Departamento, Instituto o Facultad de la disciplina del subsector y/o formen en la pedagogía específica del subsector del post título en programas regulares."


Es decir, deben ponerse a estudiar nuevamente y sacar su mención, fijense bien que cumpla los requisitos del articulo 6º cuando elijan la institución. Es necesario aclarar que la UTEM no los cumple por tanto no puede darles solución. Esto no implica que no puedan damandarla por incumplimiento de contrato.


2. Los titulados después del 29-12-2006


Deberán estar en posesión del título de profesor o educador otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de a lo menos ocho semestres académicos y 3.200 horas presénciales de clases.

Aquí si, necesariamente, la solución deberá proporcionarla la UTEM.

11 comentarios:

Anónimo dijo...

oye, y que pasa con los que NO estan titulados en estas fechas???

yo estoy en proceso de entrega de tesis.... que pasa conmigo entonces??? cague??

Diego Contreras Paz dijo...

La universidad te tiene que dar una solucion, que contempla, necesariamente, la completación de horas faltantes. Todo esto antes de titularte sino como tu bien dices, cagaste.

Anónimo dijo...

gracias por la respuesta.... y esto ya es definitivo??? no hay mas vuelta que darle???

Diego Contreras Paz dijo...

Según consta en el último dictamen de Contraloría nuestra carrera posee 7 semestres y 2100 horas presénciales, esto implica que para recibir la asignación de titulo que se hace efectivo con el BRP (mas de $65.000 mensuales a partir del 2010) la universidad tiene que realizar el semestre que falta y las 1100 horas, y para que esto sea contabilizado tienes que hacerlo antes de titularte, no lo puedes hacer después. La UTEM tiene que dar, se supone pronto, solución a esto. Ahora hay que tener claro que esto tiene un costo que, creo, debe asumir la universidad en su totalidad según consta en el contrato firmado.

Anónimo dijo...

OK.... pero con todo esto ¿tengo peligro de perder mi titulo? la U no esta acreditada y si faltan horas.. ¿pueden cuestionarme en la provincial o en mi trabajo? ¿o esto es solo por la asignacion de titulo?

gracias por las repsuestas =)

Anónimo dijo...

gracias =)

Diego Contreras Paz dijo...

En ningun caso vas perder tu titulo, sin embargo podria ser cuestionado el tema de la cantidad de horas por un eventual empleador, la universidad seria sumamente irresponsable si te titulara con las carencias que posee la carrera y aun mas fuera de los requerimientos legales. En estos momento se evaluan, a nivel politico, la posibles sanciones para las universidades no acreditadas. Me parece, sin embargo, que dichas sanciones recaerian sobre las ues y no sobre los alumnos. De todas maneras habra que estar atento.

Anónimo dijo...

hola Diego, ademas de agradecerte lo bien informado que nos tienes, debo decirte que me rio mucho con tus comentarios, gracias, grande Diego

Anónimo dijo...

Estimados amigos y compa�eros de carrera.

Muchos ya me han acusado de 'vendido' (a la utem), me han dicho que estoy jugando por mis propios intereses y no por los de mis compa�eros. Y todo a causa de que yo no me he conformado con simplemente escuchar los argumentos que se manejan en la sede de Stgo. En nuestra carrera de pedagog�a. Por el contrario me he dedicado a investigar EMPIRICAMENTE cada uno de los argumentos que he escuchado cuando se ha pretendido justificar la causa de los compa�eros que se han sacrificado y trabajado duramente para poder permanecer en pie y no claudicar. Yo reconozco el tes�n y las agallas que han tenido para manifestarse ante algo que consideran una injusticia y no podr�a esconder mi admiraci�n al ver que digan lo que digan ustedes igual han dado la cara para declarar lo quen piensan. Desde la primera vez que me reun� con ustedes en Stgo. manifest� mi deseo de llegar hasta las �ltimas consecuencias siempre y cuando la causa fuera 'justa', siempre y cuando de verdad se estuviese cometiendo una injusticia en contra de nosotros los alumnos, tambi�n dije que prefer�a el camino del di�logo con firmeza.

Despu�s de varias reuniones escuchando los argumentos que muchas personas manifiestan en las reuniones, no he podido ocultar mi asombro al darme cuenta de serias tergiversaciones de la ley, estas tergiversaciones han creado una percepci�n equivocada de la realidad. Creo que son muy pocos los que de verdad se han sentado a leer las leyes y dict�menes dejando la parcialidad a un lado. Estoy completamente seguro que si cada uno leyera por s� mismo sin dejarse influenciar, llegar�a a la seria conclusi�n de que hemos equivocado el objetivo. Los principales motivos por los cuales ustedes se est�n manifestando, lamentablemente no coinciden con lo que verdaderamente dicen las leyes. Dar� algunos ejemplos para que me entiendan mejor:cuando por primera vez me entrevist� con el CCAA de Stgo. yo no tenia idea de nada y se me explic� con la ley en mano, que la ley 20.158 daba a entender que para poder completar las horas faltantes la Universidad tenia que estar acreditada por la ley 20.129. Sin embargo cuando me sent� a leer la ley me di cuenta de que claramente estaba hablando o refiri�ndose de aquellos titulados antes de Dic del 2006.


Lo segundo que se me dijo por algunas personas de Stgo. fue que el dictamen de la contraloria decia que la UTEM habia cometido una infraccion en nuestro programa REGULAR, y que nuestro titulo era 't�cnico' y no profesional. Incluso se envi� una carta al rector, con copia a la ministra diciendo que nuestro t�tulo era 't�cnico profesional'. Una vez m�s al leer comprensivamente el dictamen, quedaba claro que �ste hablaba de dos distintos programas uno denominado 'especial' y otro 'regular'. Pues bien aquel que la contralor�a reconoci� como t�cnico es el especial, pues s�lo ten�a 6 semestres y mil y tantas horas. Sin embargo determina categ�ricamente que el programa 'regular' es Profesional (en este programa regular estamos nosotros).


Luego se me entreg� un dictamen de la contralor�a referido a la Universidad de La Frontera. En este dictamen del a�o 2005, la contralor�a si le reconoce a esta casa de estudios las horas extra-aula como horas v�lidas para percibir el bono de asignaci�n profesional. Ese era un antecedente interesante toda vez que la mism�sima contralor�a interpret� la ley de esa forma un a�o antes de que a nosotros nos interpretara la ley diametralmente opuesta. Se me dijo que ese dictamen no ten�a valor porque hab�a sido emitido por una contralor�a regional. Una vez m�s al leerlo, queda muy claro que la contraloria regional s�lo fue el medio para canalizarlo a la Contralor�a de la Rep�blica, y es esta �ltima quien emite el dictamen. Esto deja un precedente clar�simo de que hab�a subjetividad en la interpretaci�n del art�culo 8 de la ley 19.699 y se daba lugar para malinterpretacionesr. Es justo decir en todo caso, que la �ltima respuesta a este punto (a�o 2006 en el caso de las egresadas en gendarmer�a) es categ�rica e inapelable, desde ese momento las horas extra-aula no tienen valor alguno.



Luego escuch� a un profesor decirle a los alumnos que la ley de acreditaci�n 20.129 da a entender en su art�culo 27, que los profesores egresados de carreras no acreditadas no podr�n recibir ning�n bono del estado cuando est�n ejerciendo. Este mismo argumento le� en el art�culo de LA TERCERA del S�bado 4 de Agosto, donde el presidente del centro de alumnos dice textualmente 'Nosotros necesitamos acreditarnos para, adem�s, tener acceso a bonos que son parte del derecho que uno gana al momento de titularse' Otra vez, al leer tranquilamente esta ley, es absolutamente expl�cito para cualquiera que lea el art�culo 27 que est� hablando de no entregar financiento para los estudios de los alumnos de esa carrera. Este es el art�culo 27 '

Las carreras y programas actualmente vigentes

deber�n someterse al proceso de acreditaci�n en un plazo

no superior a dos a�os contados desde la fecha de

publicaci�n de esta ley.

Las carreras y programas de los se�alados en el

inciso primero que no cumplan con lo dispuesto en este

art�culo, sea porque no se presentan al proceso de

acreditaci�n o porque no logran ser acreditadas, no

podr�n acceder a ning�n tipo de recursos otorgados

directamente por el Estado o que cuenten con su

garant�a, para el financiamiento de los estudios de sus

nuevos alumnos.(ESTE ART�CULO TAMBI�N SE REFIERE A LA SANCION DE LAS CARRERAS QUE NO SE ACREDITEN A NOV. DE 2008)





En una de las pen�ltimas reuniones con el CCAA de Santiago, una de las principales molestias de ellos fue que la U nunca entrega respuestas claras y concretas. En este punto estamos completamente de acuerdo, yo s� que la principal responsable de todas las confusiones de hoy es precisamente la UTEM pues nunca nos inform� con claridad ning�n tema. Sin embargo hoy si creo que ha dado respuestas claras (creo que en gran parte gracias a la presi�n que los alumnos de Stgo. ejercieron), en la reuni�n con el rector �l les manifest� la entrega de una propuesta clara y definida para poner soluci�n a las horas faltantes. Yo personalmente les hice entrega del borrador que explica que se modificar� nuestra malla para completar 3228 horas de clases presenciales. Estas horas se har�an en el noveno semestre y tendr�an un costo de $30.000 mensuales para los alumnos. He conversado e investigado con profesores que participaron en la confecci�n de esa propuesta y puedo asegurar que hoy Lunes 6 de Agosto se dio la aprobaci�n final por parte de UTEM a esta propuesta. Por lo tanto deber�a oficializarse en cualquier momento. Porsupuesto que ahora queda el segundo paso, y es la validaci�n de contralor�a a estas horas. Y nosotros los alumnos de Sn. Fdo. no firmaremos ning�n documento hasta que contralor�a nos de una respuesta que valide la propuesta de la utem. Junto con eso la nueva malla incluir� una nueva menci�n de 'Lenguaje y Comunicaci�n', quienes cuestionan la validez de esto tienen todo el derecho, pero ser� contralor�a finalmente quien de la palabra final.


Mis compa�eros de Stgo. me manifestaron claramente que la propuesta no es valida para ellos si no viene de la mano con la inscripci�n en el proceso de la autoevaluaci�n para la acreditaci�n seg�n la ley 20.129. Esto me llama much�simo la atenci�n porque pareciera no considerarse lo que dice la ley con respecto a este tema, pues una vez m�s la ley deja clar�simo que nosotros no podremos acreditarnos como carrera. Cualquiera de ustedes puede visitar la pagina www.cnap.cl hacer click en 'circulares' y luego descargar la circular N� 1, esta circular est� hecha para evitar que las carreras que entren a acreditarse se transformen en una nueva carrera para poder recibir la evaluaci�n. Tambi�n dice que NO TIENE SENTIDO ACREDITAR UNA CARRERA QUE NO ESTA RECIBIENDO ALUMNOS. Todos sabemos que nuestra Universidad fue obligada por la ley a cerrar el ingreso de alumnos, a contar del pr�ximo mes s�lo tendremos alumnos desde 4� semestre, a causa de esto ES ABSOLUTAMENTE IMPOSIBLE QUE NUESTRA CARRERA SE ACREDITE. Adem�s ayer habl� con un personero de la CNAP llamado Sergio Poo, �l me dijo que a causa de esta misma raz�n era imposible que nuestra carrera ingresara al proceso de acreditaci�n, y que NO TENDRIA NINGUN SENTIDO PRETENDER QUE NUESTRA CARRERA ENTRE AL PROCESO DE ACREDITACI�N.





Jorge Walters


jw@chile.younglife.org

Anónimo dijo...

Nostros los titulados en el 2005 ¿Que podremos hacer? si nos faltan 700 horas ¿Que Ues nos pescaran para sacar una mencion ?.Que desagradable todo esto ya que la mayoria se ha costeado sus estudios con mucho esfuerzo y despues de casi 2 años te salgan con este pastel¿Quien responde?

Anónimo dijo...

Nostros los titulados en el 2005 ¿Que podremos hacer? si nos faltan 700 horas ¿Que Ues nos pescaran para sacar una mencion ?.Que desagradable todo esto ya que la mayoria se ha costeado sus estudios con mucho esfuerzo y despues de casi 2 años te salgan con este pastel¿Quien responde?